Luján
Luján incorporó a un mediocampista de la categoríaPublicada: 06/05/2021 20:23:50
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Era algo previsible por la forma en que cada club encaró la situación después que se hayan desatado los incidentes hace dos semanas en el Norman Lee. Berazategui y San Martín de Burzaco protagonizaron un papelón y ello tuvo sus consecuencias.
Sí, porque finalmente este jueves el Tribunal de Disciplina ha resuelto las sanciones para quienes participaron de la gresca. Y el Azul, en este caso, perderá por varias jornadas a piezas fundamentales para el conjunto del Sur del Gran Buenos Aires.
Alan Ruefli y Gastón David recibieron tres fechas de suspensión por participar de la pelea, mientras que Nahuel Benavente fue suspendido por seis partidos por una patada voladora. En tanto, Ariel Perdiechizi, por iniciar el conflicto, recibió cinco fechas de pena.
EL FALLO COMPLETO DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA:
BERAZATEGUI c. SAN MARTIN Ia.C. 23/04/2021 EXPTE. 85033:
1°) Se suspende por tres partidos al jugador Néstor Alán Otto Ruefli, del Club San Martín. Arts. 207, 200 y 61 del R.D. (doble amonestación y participar en gresca generalizada).-
2°) Se suspenden por tres partidos a los jugadores Carlos Gastón David, del Club San Martín; Maximiliano Lucas Ezequiel González, y Walter Damián Vélez, del Club Berazategui. Art. 200 del R.D. (participar en gresca generalizada).-
3°) Se suspende por seis partidos al jugador Nahuel Jonatan Benavente, del Club San Martín. Art. 200 del R.D. (participar en gresca generalizada aplicando violenta patada voladora al utilero adversario).-
4°) Se suspende por cinco partidos al director técnico Ariel Perdiechizi, del Club San Martín. Arts. 200 y 260 del R.D. (iniciar gresca generalizada).-
5°) Se suspende por cinco partidos al jugador Federico Maya, del Club Berazategui. Art. 185 del R.D. (ademán equívoco).-
6°) Se suspende por cuatro partidos al director técnico Mario Gargiulo, del Club Berazategui, quien deberá cumplir además una fecha de suspensión que tiene pendiente de cumplimiento, haciendo un total de cinco fechas a cumplir. Arts. 200 y 260 del R.D. (participar en gresca generalizada).-
7°) Se da vista por el término de cinco días contados desde la fecha de esta resolución, a los Clubs Berazategui y San Martín, debiendo tomar conocimiento y contestar dentro de ese plazo. Arts. 7 y 10 del R.D.-
LOS GRAVES INCIDENTES EN EL NORMAN LEE:
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