Regional Amateur | DEPORTIVO PATAGONES

Un año de suspensión

Pablo Genovese, Hector Cellerino y Germán Sandoval fueron duramente sancionados por agredir a Walter Guzmán la semana pasada, por Copa Argentina. Video con los incidentes.

Publicada: 07/11/2013 23:31:03

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El Tribunal de Disciplina del Consejo Federal dio a conocer esta noche las sanciones. El el mismo, Expediente Nº2233/13, de la Copa Argentina, se dan a conocer las sanciones a los jugadores del Deportivo Patagones que protagonizaron serios incidentes al agredir al árbitro del partido ante Villa Congreso, Walter Guzman.

En ese encuentro, Villa Congreso le dio vuelta el partido al "Tricolor" en su propia cancha, con dos goles sobre la hora. En la nota publicada por este medio, el colega Fernando Ciccone mencionaba al respecto de los incidentes ocurridos tras el segundo gol, que "Aquí se desató la ira de Patagones donde fueron todos a reclamar hacia el árbitro por la falta cobrada que derivó en el tiro libre, las protestas se elevaron de tono y el árbitro comenzó a sacar tarjetas donde lo expulsó a Pablo Genovese. En ese momento se suman a la protesta gran parte del plantel y con el ingreso de los integrantes del banco se arma un borbollón de empujones, manotazos y golpes que llevaron a la terna arbitral a refugiarse contra un alambrado, custodiado por la policía pero que tuvieron varios minutos rodeados del plantel “Tricolor”, muchos todavía nerviosos y sacados por lo sucedido, y algunos tratando de separar."

Tras presentar el Informe del juez y tomar testimonios a varios jugadores y el entrenador en su defensa, el Tribunal de Penas dispuso que Pablo Genovese, Hector Cellerino y Germán Sandoval fueran sancionados con la pena de un año de suspensión para todos los torneos oficiales organizados por la AFA. La misma pena recayó para los auxiliares Jorge Grudl y Gustavo Carranza. El entrenador Ivan Grasso recibió cuatro fechas de sanción. Además, dio el partido por finalizado con el resultado 2 a 0 a favor de Villa Congreso (y no el 1-2 al momento que fue parado el encuentro).


A continuación, el informe oficializado hoy por el Tribunal de Disciplina (*El presente escrito se publica de manera textual al brindado por el Consejo Federal):


EXPEDIENTE Nº 2233/13 – COPA ARGENTINA 2013/14
Partido del 29/10/13 – Deportivo Patagones (Viedma) Vs. Villa Congreso (Viedma).
Buenos Aires, 7 de noviembre de 2013.

VISTO
El informe efectuado por el árbitro del encuentro, mediante el cual nos hace saber: “…A los 88´minutos del encuentro por agreción hacia mi persona fue suspendido este encuentro es que los, jugadores del Club Deportivo Patagones, me comienzan a insultar. Con gestos agresivo, llegando a tal que un jugador por ver la roja directa me pega una piña en el pecho y me hace retroseder para atrás, el jugador Nº 2 Genovese Pablo, DNI 25.998.851 donde al mismo momento se acerca el Nº 6 me aplica un golpe en la cara llegando al destino de mi rostro, apellido y nombre Sandoval German DNI 32.362.009, a todo esto se me vinieron todos encima el resto de los jugadores y cuerpo técnico donde policía y jugadores algunos y los asistentes trataron de frenarlos.
Pero fue imposible de pararlos ya que pegaron piñas, patadas me agarraron los pelos me amenazan de muerte, insulto de todo índole hacia mi persona y asistentes. Los identifique (At) apellido y nombre: Grudl Jorge DNI 21.536.479 (aux) apellido y nombre Carranza Gustavo DNI 25.179.251 jugador Nº 12 apellido y nombre Cellerino Hector DNI 27.624.847, y por parte del DT. Resivi todo tipo de insulto hacia mi persona negro cagón puto hijo de puta drogado de mierda, borracho no podes dirigir nada apellido y nombre Graso Ivan DNI 22.652.584 después de tanta agresión física el jugador Nº 6 Sandoval y (At) Grudl me amenazaron de muerte “ya te vamos agarrar te vamos a matar salí para afuera en Viedma y Patagones es chiquito, puto borracho, hijo de puta, el señor Nº 2 Genovese agredió también al asistente Agustin Lamberti un golpe de puño llagando al pecho del asistente. Se informa que también realizamos una denuncia penal en la ciudad de Carmen de Patagones, radica en la juridicion adjunte al informe realizado…”(sic).

CONSIDERANDO
Que mediante nota Nº 153/13 el Tribunal de Disciplina, corrió traslado del citado informe a la Liga Rionegrina de Fútbol, con la finalidad de que el Club Dep. Patagones y los señores Pablo Genovese, Germán Sandoval, Jorge Grudl, Gustavo Carranza, Héctor Cellerino, y Gustavo Grasso, ejercieran sus derechos de defensa.
Que la referida nota del Tribunal de Disciplina fue recibida en la Liga Rionegrina de Fútbol, con fecha 31 de octubre de 2013, según constancia que se tiene a la vista (acuse de recibo fax) y que no mereció respuesta hasta la fecha del Club Dep. Patagones y del señor Carranza Gustavo, motivo por el cual corresponde darles por decaído sus derechos que han dejado de usar y juzgar sus conductas en rebeldía.
Que el señor Iván Grasso, en su descargo, manifiesta los siguiente: “…Cuando se produjeron los hechos entre los jugadores y el árbitro, fui de inmediato a separar, en ningun momento tuve un cruce verbal con “El”, por lo tanto desmiento totalmente los dichos del “mismo” que lo insulte, aclaro que durante mi trayectoria como jugador del ascenso en diez años y actualmente como Director Técnico, no he sido sancionado por agresiones verbales, siempre mi actitud se reflejo por protestas reiteradas...” (sic).
Que el señor Pablo Genovese, en su descargo, expresa lo siguiente: “…transcurridos 40. min Aproximados del 2do tiempo. El Arbitro Guzmán cobro una supuesta falta donde yo le corrijo que había sido 2 MTS. mas atrás y me amonesta. Se realiza la falta y nos convierten el 2do gol. Donde vuelvo a recriminar que la falta había sido mas ataras y el arbitro me saca tarjeta y me dice porteño de mierda deja de robar y andate para Bs. As. (textuales palabras) En ese momento se acercaron varios compañeros y se armo tumulto donde yo me hago para atrás. Siguen los tumultos y el Arbitro insultaba diciendo que iba a echar a todos a la mierda. A todo esto se acercan los líneas y uno de estos Lamberti me pega un golpe con ambos puños y luego otro golpe con el banderín donde yo no llego a reaccionar y me separan del tumulto mis compañeros…” (sic).
Que en su descargo el señor Cellerino Héctor, manifiesta lo siguiente: “…Finalizando el partido, se origina un tumulto entre los jugadores y los árbitros en el cual se realizan diversos reclamos. En ese momento yo me encontraba sentado “solo” en el banco de suplentes sin intervenir en dicho tumulto. Al ver que ingresan varios policías corriendo al campo de juego decido a ingresar a sacar a mis compañeros para evitar que se originen inconvenientes con la policía.
Al llegar a donde se encontraba el tumulto observo que uno de los policía esta empujando a uno de mis compañeros, en ese momento intervengo, parándome entre el medio de mi compañero y la policía y le reclamo al Comisario, creo porque tenía varios líneas amarillas en su pecho, que el personal a su cargo no agrediera que por el solo hecho de contar con un uniforme, no le daba derecho a pegarle a los jugadores como lo estaba haciendo. El comisario me dice que nadie estaba pegando que nos calmáramos y retiráramos a los que estaban alterados. En eso veo que el línea Lamberti primero lo empuja a Genovese y luego le tira un manotazo, es ahí cuando mi compañero se le va encima al línea, nuevamente intervengo, sujetando por la espalda a Genovese y me lo llevo bien lejos del tumulto…” (sic).
Que en su descargo, el señor Jorge Grudl, expone lo siguiente:
“…Cuando se origina la discusión y tumulto de los jugadores con el arbitro (Guzman), ingreso al campo de juego para separar como se puede ver en el video y en ningun momento agredo físicamente ni verbalmente al arbitro por lo tanto niego totalmente lo informado contra mi persona por el juez del partido…” (sic).
Que el señor Germán Sandoval, en su descargo, manifiesta lo siguiente: “…Minutos 42 del segundo tiempo aproximadamente el juez WALTER GUZMÁN cobra 2 faltas seguida por lo cual íbamos empatando 1 a 1 siendo que en la segunda jugada cobra faul a una distancia muy alejada de dicha jugada, en la cual le protesto al asistente nº 1 LUIZ JARAMILLO, como puede ser que el juez cobre una jugada tan lejos siendo que usted esta a pocos metros de esta jugada?? La cual esperaba una respuesta del asistente sin decirme nada.... puesto a esta jugada viene el segundo gol del equipo Villa Congreso, así mismo salgo corriendo hasta la mitad de la cancha a reclamarle la jugada que había cobrado el señor WALTER GUZMÁN esperando una respuesta favorable no diciéndome nada hacia mí fue así que se produjo ciertos disturbios donde ingreso resto de jugadores del banco y cuerpo técnico a reclamarle el juez WALTER GUZMÁN en ese instante me saca tarjeta roja directa fue así que en este momento le empiezo a decir “ NO ESTAS MATANDO WALTER NO ESTAS MATANDO NOS COBRASTE TODO EL PARTIDO EN CONTRA Y NOS METISTE EN NUESTRO ARCO, ESTO NO SE HACE NOS VENIS PERJUDICANDO CADA VEZ QUE NOS DIRIGIS, entre estos cruces de palabra interviene el resto de los jugadores sacándome a mí para un costado fue así que salgo corriendo para que el señor WALTER GUZMÁN me de una explicación produciéndose tipos de agarrones, momento donde entra personal policial a mantener la calma, entre todo esto nunca pude acercarme al señor WALTER GUZMÁN porque en todo momento fui contenido por el personal policial y el resto de mis compañeros DEJO CONTANCIA QUE NUNCA LLEGUE A DAR GOLPE DE PUÑO NI AMENAZA DE MUERTE AL SEÑOR WALTER GUZMÁN” Como el menciona en el informe que hace, por eso mismo enviamos un video para que puedan sacar conclusiones de los hechos que se produjeron, también quiero agregar que el señor WALTER GUZMÁN durante el resto del partido recibimos malos tratos hacia nuestros jugadores incluyéndome a mí , comento una jugada que hacen falta a nuestro arquero donde le expreso al señor WALTER GUZMÁN ...... “ BIEN COBRADA WALTER FUE QUE ASI RECIBO LA RESPUESTA DE ESTE SEÑOR “ CALLATE LA BOCA ME ESTAS TOMANDO EL PELO NO TE HAGAS EL BOLUDO USTEDES SIEMPRE LO MISMO YA ME TIENEN PODRIDO MIRA QUE ME DEVEN UNA Y USTEDES BIEN LO SABEN estando presente el jugador CRISTIAN SOSA DE DEPORTIVO PATAGONES y el capitán de VILLA CONGRESO JUAN MURAD toda situación que nos iba poniendo medio incomodo con lo que decía de mi parte…” (sic).
Que a criterio de este Tribunal, los informes arbitrales constituyen semiplena de lo que ellos contienen y solo pueden ser desvirtuados mediante el aporte de pruebas fehacientes en contrario.
Que el incidente producido por el señor Iván Grasso, debe encuadrarse en lo previsto en el art. 185 del R. T. P. que establece lo siguiente: Suspensión de cuatro a quince partidos al jugador que provoque de palabra o actitud al árbitro, discuta en tono violento, ofenda o insulte, se mofe o burle de palabra, gesto, actitud o ademán inequívoco, hacerle ademanes obscenos o injuriosos, manosearlo o tironearlo de la ropa o inferirle cualquier otro agravio.
Por consiguiente, debe sancionarse al señor Iván Grasso y, en mérito a la gravedad de los sucesos narrados, aplicársele la pena de 4 (cuatro) fechas de suspensión (arts. 185 y 260 del R.T.P.).
Que los incidentes producidos por los señores Pablo Genovese, Germán Sandoval, Jorge Gruld, Gustavo Carranza y Héctor Cellerino, deben encuadrarse en lo previsto en el art. 183 del R. T. P. que establece lo siguiente: Suspensión de uno a cinco años al jugador que agreda al árbitro aplicándole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje, de empellones o zamarreé violentamente con el propósito de agresión. Si las lesiones llegan a ser graves, la sanción de suspensión puede llegar a diez años, o hasta expulsión de la Liga.
Por consiguiente, debe sancionarse a los señores Pablo Genovese, Germán Sandoval, Jorge Gruld, Gustavo Carranza y Héctor Cellerino y, en mérito a la gravedad de los sucesos narrados, aplicársele la pena de 1 (un) año de suspensión a cada uno (arts. 183 y 260 del R.T.P.).
El hecho imputado al Club Dep. Patagones encuadra típicamente en lo previsto y, reglamentariamente sancionado, por el artículo art. 106 - Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de los siguientes motivos: inc. g) Cuando se produzca desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente, promovido por dirigente, delegado, jugador o integrante del personal técnico de uno o de los dos equipos.

El Tribunal entiende que debe aplicarse como sanción, la pérdida del partido al club local (arts. 106 inc. g del R.T.P.); y registrar el resultado que corresponda según la normativa del artículo 152 del R.T.P.
Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior

RESUELVE:
1°) DAR POR FINALIZADO Y POR PERDIDO EL PARTIDO AL CLUB DEPORTIVO PATAGONES DE VIEDMA (ART. 106 INC. “G” DEL R.T.P.).
2°) REGISTRAR EL SIGUIENTE RESULTADO: CLUB DEPORTIVO PATAGONES (VIEDMA) 0- VILLA CONGRESO (VIEDMA) 2 (ART. 152 DEL R.T.P.).
3°) SANCIONAR AL SEÑOR DIRECTOR TÉCNICO IVAN GRASSO (DEP. PATAGONES - VIEDMA), CON LA PENA DE CUATRO (4) PARTIDOS DE SUSPENSIÓN (ARTS. 185 Y 260 DEL R.T.P.).
4°) SANCIONAR A LOS SEÑORES PABLO GENOVESE, GERMÁN SANDOVAL, JORGE GRUDL (AUX), GUSTAVO CARRANZA (AUX), HÉCTOR CELLERINO (DEP. PATAGONES - VIEDMA), CON LA PENA DE UN (1) AÑO DE SUSPENSIÓN A CADA UNO (ARTS. 183 Y 260 DEL R.T.P.).
5°) PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE.




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